NORMATIVAS
VIGENTES SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
DENTRO
DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Para un mayor análisis del material se
ha dividido el anexo en Leyes, Decretos y resoluciones de la S.R.T., y por el año de
sanción.
Todas las normativas cuentan con un
comentario a forma de título introductorio, en el que se podrán contemplar las
características generales del documento.
Ley
19.587 / Higiene y Seguridad en el Trabajo
Es una ley de carácter general en
materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Se establece su ámbito de
aplicación a todos los establecimientos y explotaciones del país, sin
distinción de su naturaleza o actividad que se desarrolle en los mismos. Define
los bienes jurídicos protegidos; los básicos principios y métodos de ejecución
de sus postulados; los lineamientos esenciales que deben considerar las normas
reglamentarias; y las obligaciones fundamentales del empleador y del
trabajador.
Ley
24.557 / Ley sobre Riesgos del Trabajo
Establece el sistema vigente en materia
de previsión y prevención de los riegos del trabajo y de reparación de los
daños derivados del mismo.
Crea la figura de las Aseguradoras de
Riesgos del trabajo (ART), instituyéndose el seguro obligatorio con carácter
general, y la posibilidad de optar por el autoseguro para empleadores que
reúnan ciertos requisitos.
Se determinan las obligaciones de las
partes a los fines de la prevención; las contingencias y situaciones cubiertas
por el sistema; el régimen de prestaciones; el régimen financiero del sistema; los
entes que tienen a su cargo la regulación y supervisión de la normativa; y los
derechos y deberes de las partes y prohibiciones.
Decreto 911/96
(Reglamentaria de la ley 19.587 Industria de la construcción)
Se reglamenta la ley 19.587 en función de adecuar sus
preceptos, en lo pertinente, a la específica actividad de la construcción. Su
normativa es aplicable a todo lugar donde desarrollen actividades los
trabajadores en relación de dependencia en empresas constructoras, ya se trate
de obras en construcción o de cualquier dependencia o actividad conexa o
auxiliar.
A través de este Decreto, y sin perjuicio de la aplicación
supletoria de las disposiciones de la ley 19.587, se determinan los derechos y
obligaciones de los empleadores y trabajadores del sector en materia de Higiene
y Seguridad en el trabajo, y la implementación de un sistema específico de
Prestaciones de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Asimismo, se establecen pormenorizadamente las distintas
normas que deben cumplirse para protección y seguridad de los trabajadores,
tanto en lo que respecta a las condiciones que debe reunir el ámbito de trabajo
y aquellas bajo las cuales deben realizarse las diversas tareas, como en lo que
hace las características de los equipos y elementos a utilizar por los
trabajadores.
Decreto 1338/96
(Modificatorio de la ley 19.587 y del Decreto 351/79)
Las modificaciones introducidas por este decreto atienden a
la superposición entre las funciones que la ley 24.557 impone a las
aseguradoras con los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo que
establece el Decreto 351/79. Así se derogan el Título II y VIII del anexo I de
dicho Decreto, y en lugar de ello se establece: Opción del establecimiento de
contar con Servicios Internos o Externos de Medicina del Trabajo y de Higiene y
Seguridad en el Trabajo; creación del concepto de "cantidad de
trabajadores equivalentes" a los fines de determinar las horas de
asignación profesional para la prestación de los servicios; redefinición del
objetivo de los servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en
el Trabajo; profesionales habilitados para prestar los servicios; y funciones
de contralor y registración de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Decreto 170/96
(Reglamentario de la ley 24.557)
A través de este Decreto se establecen las pautas y
contenidos a los que deberán ajustarse los Planes de Mejoramiento de las
condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, se crea una clasificación de
los empleadores afiliados según el grado de cumplimiento del Plan, y se precisa
el alcance de los derechos y obligaciones de los empleadores y trabajadores y
de las prohibiciones.
Decreto 334/96
(Reglamentario de la ley 24.557)
Reglamenta la ley sobre Riesgos del Trabajo, determinando
los siguientes aspectos: Responsabilidades del empleador que se mantenga fuera
del sistema; ajuste de prestaciones dinerarias; cálculo del ingreso base;
mecanismo de financiamiento del pago de asignaciones familiares; procedimientos
para acceder a los beneficios de la renta periódica; modalidades para el pago
mensual complementario en función de cada régimen previsional;
derechohabientes; modalidades de contratación de la renta periódica;
financiación de las prestaciones del sistema; exenciones impositivas a los
contratos de afiliación y servicios; ámbito de actuación de las aseguradoras a
los fines de la afiliación; mecanismo de movilidad del capital mínimo de las
A.R.T.; derecho de rescisión del contrato de afiliación; facultades de los
trabajadores y representantes gremiales a verificar el cumplimiento de las
obligaciones; vigencia del contrato después de finalizado; omisión del pago a
la aseguradora; Fondo de Garantía; Fondo de Reserva – aporte a cargo de las
aseguradoras – inversiones posibles; multas por incumplimiento de las
obligaciones de los empleadores; habilitación de las compañías de seguro.
Decreto 559/97
(Reglamentario de la ley 24.557)
Establece el nuevo régimen de prestaciones dinerarias
correspondiente a distintos supuestos de incapacidad permanente parcial del
trabajador.
Resolución S.R.T. Nº
050/97
Crea en el seno de la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo los siguientes Registros: 1. Registro Provisorio
Nacional Único de Fabricantes e Importadores de Equipos, Medios y Elementos de
Protección Personal; 2. Registro Provisorio Nacional Único de Fabricantes e
Importadores de Elementos y Equipos para la Protección Contra
Incendios; y 3. Registro Provisorio Nacional Único de Servicios y Reparación de
Equipos Contra Incendios.
Resolución S.R.T. Nº
051/97
Dado que mediante Resol. S.R.T. Nº 32/97 se prohibió la
elaboración de Planes de Mejoramiento en la actividad de la construcción,
mediante la Resolución
050/97 se establece un mecanismo especial para la adopción de medidas de
seguridad preventivas, correctivas y de control en las obras de construcción.
Resolución S.R.T. Nº
231
Reglamenta el decreto 911/96 en los siguientes puntos:
1. Condiciones básicas de Higiene y Seguridad que deben
cumplirse en las obras en construcción.
2. Horas de asignación profesional para la prestación del
servicio de Higiene y Seguridad.
3. Requisitos exigibles en relación al Legajo técnico de
Obra.
Resolución S.R.T. Nº
035/98
En atención al habitual hecho de que en una misma obra haya
distintos empleadores, se crea un mecanismo específico para la redacción de los
Programas de Seguridad, su verificación y recomendación de las medidas
correctivas en las obras de construcción.
Resolución S.R.T. Nº
070
Comunicación recordatoria
de relevantes derechos y obligaciones de las partes integrantes del sis
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