NORMATIVAS VIGENTES SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
DENTRO DE LA INDUSTRIA  DE LA CONSTRUCCIÓN

Para un mayor análisis del material se ha dividido el anexo en Leyes, Decretos y resoluciones de la S.R.T., y por el año de sanción.
Todas las normativas cuentan con un comentario a forma de título introductorio, en el que se podrán contemplar las características generales del documento.

Ley 19.587 / Higiene y Seguridad en el Trabajo
Es una ley de carácter general en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Se establece su ámbito de aplicación a todos los establecimientos y explotaciones del país, sin distinción de su naturaleza o actividad que se desarrolle en los mismos. Define los bienes jurídicos protegidos; los básicos principios y métodos de ejecución de sus postulados; los lineamientos esenciales que deben considerar las normas reglamentarias; y las obligaciones fundamentales del empleador y del trabajador.

Ley 24.557 / Ley sobre Riesgos del Trabajo
Establece el sistema vigente en materia de previsión y prevención de los riegos del trabajo y de reparación de los daños derivados del mismo.
Crea la figura de las Aseguradoras de Riesgos del trabajo (ART), instituyéndose el seguro obligatorio con carácter general, y la posibilidad de optar por el autoseguro para empleadores que reúnan ciertos requisitos.
Se determinan las obligaciones de las partes a los fines de la prevención; las contingencias y situaciones cubiertas por el sistema; el régimen de prestaciones; el régimen financiero del sistema; los entes que tienen a su cargo la regulación y supervisión de la normativa; y los derechos y deberes de las partes y prohibiciones.

Decreto 911/96 (Reglamentaria de la ley 19.587 Industria de la construcción)
Se reglamenta la ley 19.587 en función de adecuar sus preceptos, en lo pertinente, a la específica actividad de la construcción. Su normativa es aplicable a todo lugar donde desarrollen actividades los trabajadores en relación de dependencia en empresas constructoras, ya se trate de obras en construcción o de cualquier dependencia o actividad conexa o auxiliar.
A través de este Decreto, y sin perjuicio de la aplicación supletoria de las disposiciones de la ley 19.587, se determinan los derechos y obligaciones de los empleadores y trabajadores del sector en materia de Higiene y Seguridad en el trabajo, y la implementación de un sistema específico de Prestaciones de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Asimismo, se establecen pormenorizadamente las distintas normas que deben cumplirse para protección y seguridad de los trabajadores, tanto en lo que respecta a las condiciones que debe reunir el ámbito de trabajo y aquellas bajo las cuales deben realizarse las diversas tareas, como en lo que hace las características de los equipos y elementos a utilizar por los trabajadores.

Decreto 1338/96 (Modificatorio de la ley 19.587 y del Decreto 351/79)
Las modificaciones introducidas por este decreto atienden a la superposición entre las funciones que la ley 24.557 impone a las aseguradoras con los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo que establece el Decreto 351/79. Así se derogan el Título II y VIII del anexo I de dicho Decreto, y en lugar de ello se establece: Opción del establecimiento de contar con Servicios Internos o Externos de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en el Trabajo; creación del concepto de "cantidad de trabajadores equivalentes" a los fines de determinar las horas de asignación profesional para la prestación de los servicios; redefinición del objetivo de los servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en el Trabajo; profesionales habilitados para prestar los servicios; y funciones de contralor y registración de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Decreto 170/96 (Reglamentario de la ley 24.557)
A través de este Decreto se establecen las pautas y contenidos a los que deberán ajustarse los Planes de Mejoramiento de las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, se crea una clasificación de los empleadores afiliados según el grado de cumplimiento del Plan, y se precisa el alcance de los derechos y obligaciones de los empleadores y trabajadores y de las prohibiciones.

Decreto 334/96 (Reglamentario de la ley 24.557)
Reglamenta la ley sobre Riesgos del Trabajo, determinando los siguientes aspectos: Responsabilidades del empleador que se mantenga fuera del sistema; ajuste de prestaciones dinerarias; cálculo del ingreso base; mecanismo de financiamiento del pago de asignaciones familiares; procedimientos para acceder a los beneficios de la renta periódica; modalidades para el pago mensual complementario en función de cada régimen previsional; derechohabientes; modalidades de contratación de la renta periódica; financiación de las prestaciones del sistema; exenciones impositivas a los contratos de afiliación y servicios; ámbito de actuación de las aseguradoras a los fines de la afiliación; mecanismo de movilidad del capital mínimo de las A.R.T.; derecho de rescisión del contrato de afiliación; facultades de los trabajadores y representantes gremiales a verificar el cumplimiento de las obligaciones; vigencia del contrato después de finalizado; omisión del pago a la aseguradora; Fondo de Garantía; Fondo de Reserva – aporte a cargo de las aseguradoras – inversiones posibles; multas por incumplimiento de las obligaciones de los empleadores; habilitación de las compañías de seguro.

Decreto 559/97 (Reglamentario de la ley 24.557)
Establece el nuevo régimen de prestaciones dinerarias correspondiente a distintos supuestos de incapacidad permanente parcial del trabajador.

Resolución S.R.T. Nº 050/97
Crea en el seno de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los siguientes Registros: 1. Registro Provisorio Nacional Único de Fabricantes e Importadores de Equipos, Medios y Elementos de Protección Personal; 2. Registro Provisorio Nacional Único de Fabricantes e Importadores de Elementos y Equipos para la Protección Contra Incendios; y 3. Registro Provisorio Nacional Único de Servicios y Reparación de Equipos Contra Incendios.

Resolución S.R.T. Nº 051/97
Dado que mediante Resol. S.R.T. Nº 32/97 se prohibió la elaboración de Planes de Mejoramiento en la actividad de la construcción, mediante la Resolución 050/97 se establece un mecanismo especial para la adopción de medidas de seguridad preventivas, correctivas y de control en las obras de construcción.

Resolución S.R.T. Nº 231
Reglamenta el decreto 911/96 en los siguientes puntos:
1. Condiciones básicas de Higiene y Seguridad que deben cumplirse en las obras en construcción.
2. Horas de asignación profesional para la prestación del servicio de Higiene y Seguridad.
3. Requisitos exigibles en relación al Legajo técnico de Obra.

Resolución S.R.T. Nº 035/98
En atención al habitual hecho de que en una misma obra haya distintos empleadores, se crea un mecanismo específico para la redacción de los Programas de Seguridad, su verificación y recomendación de las medidas correctivas en las obras de construcción.

Resolución S.R.T. Nº 070
Comunicación recordatoria de relevantes derechos y obligaciones de las partes integrantes del sis

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