estado: conjunto de órganos de gobierno de un país soberano. Desarrolla funciones cuyo fin es el de garantizar la supervivencia social. Se organiza en tres poderes interrelacionados: Legislativo, Judicial y Ejecutivo
Nación: conjunto de personas que comparten territorio e identidades ideológicas bajo la norma del derecho.
Derecho: normas o pautas de conducta, conjunto de normas legales en vigencia que regulan la intervención social. Fue tomado como derecho todo aquello que se repetía históricamente, o se tomaba como válido por el uso y costumbre. Las dos grandes fuentes son: (hay más)
· Romanas: son más rígidas, está más relacionada con los códigos, normas o preceptos legales, conducta que se deben respetar que se hallan escritas.
· Anglosajonas: son más flexibles, tiene más que ver con respetar aquellos usos y costumbres establecidas en el tiempo.
Las fuentes del derecho son:
· Ley: son normativas judiciales, es todo lo que esta codificado, entre tantas existen:
o Código civil
o Código de edificación
· LOS USOS Y COSTUMBRES: está relacionado con los derechos locales, regionales, aceptados como norma no escrita pero aceptado por todos los habitantes
· DOCTRINA: es el estudio y la interpretación del derecho.
· JUDISPRUDENCIA: son los fallos que los jueces dictan respecto a un tema determinado.
CLASIFICACION DEL DERECHO
Natural: dado por dios, se sustenta en la naturaleza misma del hombre
Positivo: surge del derecho natural del hombre, ordenamiento jurídico de un estado en un momento determinado. Se divide en:
· Derecho público: rige relaciones jurídicas en aquellas en que el estado es parte (derecho constitucional, administrativo, internacional y penal)
· Derecho privado: rige las relaciones entre los particulares o entre particulares y el estado, actuando el ultimo en su carácter de personas jurídicas privada. (derecho civil, comercial, laboral, rural, etc.)
· Internacional: rige relaciones jurídicas entre estados
· Interno: rige las relaciones jurídicas que se producen en el territorio de un estado.
HECHO: acontecimiento que se presenta ante la percepción humana, puede ser:
· Hecho simple: es aquel que no tiene consecuencias, es simplemente un hecho humano
· Hecho jurídico: es aquel del cual emergen consecuencias jurídicas y obligaciones:
o Externos: consecuencias humanas o responsabilidades traídas por hechos ajenos a la mano humana. Por ejemplo: catástrofes naturales.
o Internos: son los producidos por el hombre
§ Actos Voluntarios: son aquellos producidos bajo intensión, discernimiento (atributo producido por la mayoría de edad), libertad
o Lícitos: no contradice ninguna norma
o Ilícito: son antijurídico, son castigados por sanciones
§ Civil
§ Penal: son aquellos que causan daño
§ Dolo: intención de cometer un delito, animosidad
§ Culpa: negligencia, decidía, impotencia, cuasidelito, no actuó con intensión de dañar
§ Actos Involuntarios: son aquellos producidos sin intensión, discernimiento o libertad.
§ Actos jurídicos: se establecen entre dos o más personas, se produce una modificación, extinción o transformación de derechos. Producen efectos entre las partes, afectando a terceros o sucesores por muerte de alguno de los contrayentes.
· Objeto:
o cosas comerciables, que sean comerciables
o hechos lícitos: que la ley considera que no son antijurídicos.
· Vicios
o Error: pensar que era otra cosa
o Dolo: intensión
o Violencia: afectar o forzar a hacer algo
o Simulación: cuando se hace pasar algo por otra cosa
o Fraude: trampa, cuando se vende algo que no tiene las propiedades prometidas.
PERSONA: son quienes crean y adquieren el derecho y obligaciones, para la ley es un ente, esta adquisición puede ser en forma:
· De existencia real o visible: existencia de la persona en el sentido físico, posee:
o Atributos
§ Nombre: identifica a la persona
§ Domicilio: asiento jurídico de la persona
· Real: casa, donde vivimos, donde ejercemos nuestras actividades sociales
· De origen: donde viven los padres
· Legal: oficina, suele coincidir con el real
· Constituido o especial: dirección del abogado, para un juicio.
o Capacidad: aptitud de la persona para ser titular de derechos y obligaciones
§ Ausencia de capacidad: incapacidad, derivan en
· De hecho:
o Dementes
o Menores de edad
o Sordomudos
o Que no saben o no se pueden dar a entender por escrito
· De derecho: son personas que tienen incapacidad transitoria
o Presos
o Estado de familia: posición de la persona en relación a su familia, vinculación jurídica con un grupo humano determinado
o Patrimonio: conjunto de bienes registrables de una persona, materiales e inmateriales
· De existencia ideal o jurídica: se trata de las S.A. o S.R.L. que es considerada como persona jurídica para adquirir los derechos y obligaciones al igual que las personas. No son personas en sentido físico. Se divide en:
o Carácter privado
§ Civiles: asociaciones / fundaciones
§ Comerciales: de hecho / de derecho
o Carácter publico
§ Necesarias: estado/ municipio/ iglesias
§ Posibles: entes autocráticos del estado / empresas del estado, sociedades de economía mixta
OBLIGACION: vinculo jurídico en virtud del cual una persona debe cumplir una prestación a favor de otra persona (prestación es la acción de dar, de hacer o de no hacer). En cualquier vínculo hay una prestación y una contraprestación, estas son contractuales o no contractuales. Sus fuentes son:
· Contrato: se establecen derechos y obligaciones
· Cuasi contrato: deriva de una vinculación que no ha sido contractual, no hay un contrato escrito.
· Delito: acción u omisión de alguien que causa un daño protegido por el estado (vida, etc.)
· Cuasi delito: conducta ilícita no establecida como delito, se castiga con una multa
· Ley:
orden de prelacion de las normas piramide judicial
1ro-Constitución Nacional, Tratados Internacionales y de Derechos Humanos
2do- Códigos de Fondo: Tiene aplicación en todo el territorio Nacional, nos dicen “el que”,de que se tratan. Son los que regulan la materia del derecho.
· Leyes nacionales
3ro- Códigos de Forma: Nos indican “el cómo” van a ser aplicada los códigos de fondo, como van a ser puestos en práctica por cada una de la jurisdicción. Dicen como aplicamos esas materias jurídicas reguladas por el código de fondo
· Leyes Provinciales
· Código de planeamiento
· Código urbano
· Código de edificación
4to- Leyes varias
· Leyes municipales
· Contratos
· Reglamentaciones
· Resoluciones
· disposiciones
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